Feminicidio: Un desafío profesional para el Trabajo Social en la lucha contra la violencia de género

Fecha: 28 de junio 2023
Nueva Acción Crítica: N° 15-2023
Páginas: 53 al 69

Autora: Teresa María Viviano Llave

Magíster en Política Social, Licenciada en Trabajo Social de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Tiene 20 años de experiencia con poblaciones vulnerables y en el tema de violencia de género. Se ha desempeñado en el ámbito de la sistematización de experiencias y la gestión del conocimiento. Autora de 12 publicaciones sobre abuso sexual, violencia familiar, violencia hacia las personas adultas mayores y feminicidio. Diplomada en “Violencia Familiar”, “Intervención profesional en el Adulto Mayor”, “Altos Estudios Internacionales y Constitucionales”, “Gestión Pública con mención en responsabilidad administrativa y programas sociales” y “Recursos Humanos para la Administración Pública

Fue coordinadora del Observatorio Nacional de la Violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar y docente de la Maestría de Género de la UNMSM. Ha trabajado en el Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA. Distinguida con el Premio por el aporte a la investigación en el tema de maltrato a las personas adultas mayores- organizado por la Dirección de personas adultas Mayores. Junio 2007 y con el Premio a la Buenas Prácticas en Gestión Pública 2017- organizado por Ciudadanos Al día. En la actualidad labora como especialista social en el Programa Nacional Aurora del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Conferencista y capacitadora profesional.

Palabras claves:

Feminicidio, Política Social, Violencia de género, Trabajo social, Relaciones familiares, Sistema de cuidados, Cohesión social, Red familiar, Justicia y reparación, Apoyo psicosocial, Registro de feminicidios, Equidad de género, violencia basada en género, victimas indirectas, violencia feminicida.

Resumen:

El artículo reflexiona sobre el desafío que representa el feminicidio para el trabajo social en la lucha contra la violencia de género, tanto en términos de intervención como de generación de conocimiento a través de la investigación. Se enfatiza en la necesidad de contar con conocimientos especializados y de fomentar la colaboración multidisciplinaria, por tratarse de un problema complejo y global. Se establece una relación entre el feminicidio y el objeto y campo de estudio del trabajo social, destacando su contribución en el fortalecimiento de las relaciones familiares, el sistema de cuidados y la promoción de la cohesión social en situaciones de violencia feminicida. Se subraya la importancia de contar con una legislación adecuada que sirva como marco de actuación del Trabajo Social y se resalta la necesidad de generar registros que, además de brindar estadísticas, faciliten la atención social. Así como también, se plantean premisas que optimicen la intervención a partir de un mejor conocimiento del problema.

1. Introducción:

El feminicidio entendido como la muerte violenta de mujeres por razón de género es un grave problema social que es resultado de la tolerancia y la actuación tardía frente a la violencia que viven las mujeres tanto en los espacios públicos como privados de la sociedad, violencia que es ejercida por hombres.

En Latinoamérica es un problema global que es monitoreado a través del Observatorio de Igualdad de Género de la Cepal que ha estandarizado la medición y hace seguimiento a las cifras de 23 países de América Latina y el Caribe de las mujeres asesinadas por razones de género. Esta medición se hace sobre la base de los casos reportados por la investigación judicial.

Según el citado observatorio en el año 2021, varios países de América Latina presentaron tasas preocupantes de feminicidio: Honduras, República Dominicana y El Salvador tuvieron tasas muy altas, con 4.6, 2.7 y 2.4 casos respectivamente por cada 100 000 mujeres. De igual modo Belice registró una tasa de feminicidio de 3.5 por cada 100 000 mujeres en dicho año. En Argentina, Bolivia, Brasil, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, República Dominicana y Uruguay, se registraron tasas iguales o superiores a una víctima de feminicidio por cada 100 000 mujeres. La tasa de Perú fue de 0.8 por cada 100 000 mujeres.

Este problema que afecta el bienestar social a todo nivel tiene especial interés para el trabajo social, porque se vincula directamente a su objeto de estudio y a su campo de intervención, ya sea que consideremos al trabajo social como una disciplina, tecnología, técnica, profesión o arte, en tanto este, no solo se define en la conceptualización teórica sino en la acción social y la dirección que esta ha tomado en cada período (Alayón, 1987). Y es claro que en los últimos años miles de profesionales del trabajo social están trabajando en servicios y programas vinculados a la atención y prevención de la violencia de género, y de manera específica para contener y atender la compleja problemática del feminicidio, donde también, consideramos necesario generar campos de especialización, reflexión crítica y construcción teórica (Alayón, 1987).

El feminicidio es un desafío temático para el trabajo social tanto en lo concerniente a la intervención como a la generación de conocimiento a través investigación y la sistematización de experiencias. Guzmán (2021) sostiene que el objeto de estudio del trabajo social puede apreciarse por un lado desde la práctica diaria y su profesionalización enfocándose en la cuestión social, los problemas y las necesidades sociales (que emergen o se agudizan con la violencia de género) y de otro lado desde la investigación buscando comprender las relaciones causales, las consecuencias, las interacciones sociales en contextos familiares, grupales o comunitarios, y la manera en que se reproduce la vida social en un contexto de violencia que afecta selectivamente a las mujeres.

Está vigente lo expresado por (Kisnerman, 1998) cuando señala que los espacios profesionales se construyen y se conquistan y para ello no solo necesitamos un ejercicio político sino conocimientos actualizados, porque nuestra práctica actual no se limita a resolver problemas simples, sino a abordar situaciones complejas por lo que el autor enfatiza que ser un buen generalista en Trabajo Social ya no es suficiente. Y es claro que para esta compleja problemática necesitamos especializarnos y generar conocimiento desde la casuística y la intervención profesional. En este sentido es preciso interrogarse ¿Cuánto se ha investigado desde el trabajo social sobre el feminicidio? ¿Qué modelos de intervención, metodologías e instrumentos se han diseñado y validado para la intervención desde la profesión? ¿Cuál es el impacto de las políticas sociales de prevención y atención de la violencia hacia las mujeres que se han propuesto desde el Trabajo Social? ¿Cuánto se ha sistematizado?

Teniendo en consideración lo que sostiene Guzmán (2021) que en el siglo XXI, el trabajo social se configura alrededor de un objeto de estudio complejo, interdisciplinario y en constante comunicación con la realidad social, que implica una noción de práctica reflexiva, que plantea preguntas éticas y deontológicas. Estas se enfocan en la sostenibilidad de las intervenciones, los derechos humanos, la calidad de vida y la política social en lo que se refiere a la aplicación de un lado y por otro a la concepción y diseño de la misma.

Es decir, que debemos pensar al Trabajo Social no únicamente como un espacio de aplicación operativa o implementación de los programas, servicios y prestaciones sociales frente a la violencia de género, sino también desde el campo del diseño de las soluciones, de su evaluación y su pertinencia ética. Esto último implica verificar si nuestras intervenciones respetan la dignidad humana, la libertad, promueven la autonomía, impulsan la justicia social y son sensibles a la diversidad de las personas afectadas por la violencia de género. Por ejemplo, cuando se fuerza la denuncia sin tomar en cuenta la voluntad de la mujer, en ocasiones se produce un resultado contrario a la intención inicial de brindar ayuda y protección, ya que la denuncia desencadena una reacción negativa que incrementa la violencia hacia la mujer (Aretio, 2007) Por ello, decantarnos por la mejor opción, implica no solo un análisis técnico sino también ético.

Además, de ello, es fundamental que las trabajadoras y los trabajadores sociales estén actualizados respecto a los marcos legales (Ley Nro 30364 en Perú y Código Penal) para poder brindar una intervención efectiva lo que además debe incluir una colaboración con otros profesionales y organizaciones que trabajan en este ámbito para asegurar una intervención integral.

En ese orden de ideas procederemos a reflexionar sobre la vinculación del trabajo social con el feminicidio

2. Feminicidio como objeto y campo de intervención para el Trabajo Social

El feminicidio como problema social tiene implicancias para el objeto y campo de intervención del trabajo social. Es claro que su impacto opera no solo en la persona afectada (víctima del feminicidio o de su tentativa), sino en la familia (víctimas indirectas o testigos de la violencia), la comunidad, las instituciones y las políticas públicas, donde se afectan componentes claves como las relaciones familiares, el sistema de cuidados, la cohesión social, las necesidades y los derechos.

a. En las relaciones familiares: El feminicidio tiene un impacto devastador en la vida familiar y su dinámica porque implica crisis, ruptura de vínculos y pérdida irreparable. La muerte inesperada genera un profundo dolor y sufrimiento de todos los miembros de la familia, que ven trastocadas sus vidas y tienen necesidad de justicia y reparación.

De acuerdo con León, Espín & Gallegos (2021) el feminicidio genera una degradación del entorno familiar que se expresa en afectación física y psicológica con alteraciones del sueño y los hábitos, consumos de alcohol, aislamiento, frustración, falta de afecto, intento de suicidio, acoso, abuso sexual, explotación sexual, lo que va de la mano con el desamparo económico, la orfandad, la dependencia económica y con ello el poco interés en los estudios y el progreso laboral.

En este caso el objeto del trabajo social se enfoca en los vínculos que deben ser reparados y fortalecidos para que la familia pueda continuar con su vida. Esto involucra desplegar acciones de orientación y apoyo psicosocial para facilitar el proceso de duelo, ayudar a la recuperación de las relaciones familiares dañadas, mediar para resolver conflictos familiares, acompañar en la búsqueda de justicia y reparación por el feminicidio.

Tomemos en cuenta lo señalado por Cortés Cortés (2014) que cuando no se logra superar una pérdida dolorosa, esto puede generar desarraigo, falta de estabilidad y ausencia de metas en la vida lo que se configura como una pérdida adicional, por lo que es urgente que la intervención profesional examine y atienda el proceso del duelo reconociendo sus fases: a) Breve fase de shock, b) Fase de anhelo y búsqueda de la persona querida, c) Fase de desorganización y desesperanza y d) fase de menor o mayor reorganización.

Esto involucra que el profesional de trabajo social desarrolle acciones para promover la mejora de la salud mental, gestione el acceso a la atención de salud física, así como para la recuperación psicológica. También, gestionar la asistencia económica para la satisfacción de necesidades y apoyar en el acceso a la justicia y a la reparación de las víctimas

Serán necesarias acciones de orientación y apoyo familiar, resolución de conflictos, acceso a terapia para superación del duelo, medidas cautelares y de protección de derechos de los niños, niñas y adolescentes, acceso a servicios y prestaciones sociales familiares.

b. En el sistema de cuidados: Por los roles de género que imperan en la sociedad por lo general la muerte de una mujer implica un duro golpe al sistema de cuidados de la red familiar. Buena parte de las víctimas de feminicidio tienen hijos e hijas que están a su cuidado. Las que no lo son ayudan a sus padres madres, hermanos/as, sobrinos/as, pues ellas siempre desempeñan un papel central en el cuidado, organizando o realizando las actividades que son necesarias para la vida. Resultado del feminicidio es la orfandad, el desamparo.

La evidencia muestra que los niños, niñas y adolescentes que “encuentran estabilidad y bienestar dentro del núcleo familiar tienen mayor capacidad para hacer los ajustes socioemocionales que amortiguan o contrarrestar los efectos de la violencia comunitaria y del trauma” sin embargo ¿qué sucede cuando el trauma producto del feminicidio afecta a toda la familia extendida encargada del cuidado? de manera que no solo son afectados por el trauma y la exposición crónica a violencia contextual, sino también por otros estresores relacionados con la violencia estructural. (Mastretta et al., 2021)

Es por ello, que el objeto del trabajo social está también en fortalecer o restablecer las condiciones para que el nuevo sistema de cuidados funcione adecuadamente, para lo cual se requiere identificar y movilizar recursos de ayuda terapéutica para procesar el trauma y cuidados alternativos, transitorios o permanentes. De igual modo, las coordinaciones institucionales con centros educativos son fundamentales, para que las áreas de tutoría brinden un apoyo y seguimiento a los niños, niñas y adolescentes testigos y víctimas del feminicidio, a fin de asegurarse que puedan culminar sus estudios. La gestión de pensiones de orfandad y el acceso a programas de apoyo social, recuperación psicológica y de recreación. Conviene mencionar que en Perú fue aprobado en el 2020 el Decreto de Urgencia Nº 005-2020 que establece la asistencia económica para las víctimas indirectas de feminicidio

c. Cohesión social: Lo primero que genera el feminicidio es miedo y desconfianza y por ello afecta la cohesión social tanto familiar. De acuerdo con Barba Solano (2011) la cohesión social se refiere a los vínculos sociales que permiten a los individuos experimentar un sentido de pertenencia en diferentes niveles, confiar en los demás, reconocer la legitimidad de la sociedad y tener confianza en sus instituciones. Es claro que el feminicidio debilita los vínculos sociales porque en primer lugar ya no se confía en el Estado, ni en su capacidad de proteger la vida y la seguridad de las personas. Por otro lado, tampoco se confía en la comunidad, a la cual se puede juzgar que no fue solidaria o no actuó rápidamente protegiendo. A esto se puede sumar una actuación poco diligente de las instituciones de la investigación judicial y un mal abordaje de la prensa. Para Cortés Cortés (2014) la falta de respaldo por parte de la ley y el sistema de justicia penal, así como la interferencia de los medios de comunicación, complican el proceso de duelo y la búsqueda de justicia y reparación cuando el perpetrador es el propio padre de un niño, lo que genera una sensación de pérdida de control y angustia, miedo, vulnerabilidad, a ira, vergüenza, culpa, entre otros en el o la menor de edad involucrado/a. Es claro que producto de ello, las personas pueden tener miedo a relacionarse, a no pedir ayudar y perpetuar su situación.

Teniendo en cuenta ello, consideramos que el trabajo social comunitario puede jugar un rol en la promoción de la cohesión social y la reconstrucción del tejido comunitario, fomentando la participación ciudadana para mejores leyes y servicios, promoviendo la solidaridad frente a la violencia de género, lo que implica trabajar con organizaciones comunitarias, instituciones locales y líderes sociales. La colaboración de una comunidad concienciada y preparada puede desempeñar un papel crucial en la prevención de la violencia contra las mujeres, ya que sus miembros tienen una conexión más cercana y están mejor preparados para responder de manera rápida cuando las mujeres se encuentran en peligro Morales (2019).

A ello podemos complementar con el desarrollo de rutas de atención y apoyo comunitario para prevenir el feminicidio. La generación de espacios protectores para las familias afectadas por la violencia de género y la promoción de espacios de juego y recreación.

3. El reconocimiento del feminicidio en Perú como delito y ¿por qué es importante para el Trabajo social?

El Trabajo social busca promover el ejercicio de los derechos de las personas lo cual es fundamental para asegurar su bienestar. Es claro que en un contexto de inseguridad cuando hay situaciones de violencia de género que impactan gravemente en la vida de las mujeres y en las de sus familias puede haber bienestar ni tampoco cuando hay impunidad frente al delito. La norma que tipifica el feminicidio no solo es un avance social sino un marco de actuación para el trabajo social que promueve la vida, la integridad seguridad y dignidad. En ese sentido, una norma que sanciona el feminicidio desempeña un papel importante en la disuasión de delito y brinda a las víctimas y deudos una oportunidad de justicia y reparación donde el trabajo social juega un papel crucial brindando atención especializada, orientación, información sobre los recursos disponibles, acompañamiento durante el proceso judicial a las familias afectadas y ayuda para la recuperación a fin que estas puedan continuar cumpliendo sus roles en la sociedad lo que significa continuar con sus vidas. Y en otros casos, realizar acciones propositivas para que la norma cubra todos los componentes sociales que implica la sanción y la reparación: asistencia económica, generación de espacios seguros, programas de apoyo para la recuperación del duelo, asistencia y becas de estudios, entre otros.

Ley Nº 30068, que incorpora al Código Penal el Artículo 108 B define al feminicidio como el asesinato de una mujer por el hecho de ser mujer y como el “acto último y más grave de violencia” resultado de intentos de sometimiento y control, que puede ocurrir en diversos contextos, como la violencia familiar perpetrada por la pareja o ex pareja, el acoso sexual, hostigamiento sexual, el abuso de poder en cualquier tipo de relación donde el agresor posea autoridad, así como en cualquier forma de discriminación contra la mujer.

La tipificación del delito de feminicidio en el Perú representó un avance significativo en el ámbito legal y de políticas públicas. Según Díaz, Rodríguez y Valega (2019), este avance implica romper con la neutralidad normativa presente en los códigos penales, ya que reconoce la realidad diferenciada que viven las mujeres en comparación con los hombres, rechazando así abordajes generales descontextualizados y garantizando el principio constitucional de igualdad material. La tipificación de este delito ha sido un proceso de construcción de consensos y tensiones de posturas que apostaban por una tipificación específica y de quienes la consideraban totalmente innecesaria.

Es evidente que el homicidio de una mujer es un suceso de gran gravedad que debe ser castigado de manera equitativa a los casos de homicidio masculino. Sin embargo, en la práctica, esto no siempre se cumplía, ya que la sociedad y aquellos encargados de impartir justicia solían culpar a la víctima, lo que resultaba en penas indulgentes para el agresor, basadas en estereotipos de género que toleraban la violencia y cuestionaban a la víctima, lo que definitivamente no contribuía a procesar el trauma familiar, con los consiguientes problemas psicológicos y sociales que esto implica.

Fue en el 2011 en Perú cuando se abrió el debate político sobre la necesidad de modificar el Código Penal para incluir el delito de feminicidio en la norma, en donde persistieron resistencias y las argumentaciones de legisladores y autoridades las cuales afirmaban que era un acto discriminatorio, que no se debían hacer distinciones entre géneros al aplicar la ley, que los hombres también sufrían más asesinatos que las mujeres y que ya existía una figura penal para sancionar como el homicidio (Melendez, 2012). Sin embargo, justamente la falta un enfoque de género en el sistema de administración de justicia fue la dificultad que impedía un acceso real a la justicia de las mujeres en dicha época, donde la figura de homicidio por emoción violenta subsumía parte de los delitos de feminicidio a la cual, además, se le aplicaban diferentes atenuantes que reducían drásticamente la condena del victimario.

En el año 2011 CLADEM publicó el documento ¿Es conveniente contar con una figura penal sobre feminicidio/femicidio? El mismo que señalaba que la postura de quienes estaban a favor se basaba en asegurar el acceso a la justicia de manera efectiva, en un contexto donde los estereotipos de género limitaban el goce de los derechos de las mujeres. Es así, que el primer avance normativo en el país se tuvo en el año 2011 mediante la Ley N°29819 que modificó el artículo 107 del Código Penal, incorporando el delito de feminicidio dentro de la figura de parricidio. Esto implicaba que todavía no se reconocía al feminicidio como una forma de violencia extrema de género que puede ocurrir fuera de los vínculos familiares, como ocurrió por ejemplo en los casos peruanos ocurridos en Lima de Eyvi Ágreda quemada en un bus en el 2018 de cuya muerte fue responsable un acosador conocido que no tenía vínculo familiar o el caso de Jimena de 11 años, secuestrada, violada y asesinada en 2015 por parte de un desconocido; y que gracias a la modificación de la norma pudieron ser tipificados como feminicidio.

Fue, precisamente en el año 2013 que la Ley N° 30068 modifica el Código Penal, incorpora en el artículo 108-b el delito de feminicidio. Así también, en el año 2018 mediante la ley N° 30819 Ley que modifica el Código Penal y El Código de los Niños y Adolescentes se incrementaron las penas del feminicidio y se especificaron diversos contextos agravantes como la presencia de niños, niñas o adolescentes testigos en el acto feminicida, cuando la víctima fue sometida a tratos crueles o degradantes previo a su muerte, cuando es niña, adolescente, adulta mayor, gestante o persona con discapacidad.

Finalmente podemos decir en el Perú contamos con un concepto amplio de feminicidio que permite al trabajo social intervenir en mejores condiciones en el acompañamiento para la búsqueda de justicia y reparación lo que facilita la labor del profesional de trabajo social. Para la política social este es un paso importante porque de esa forma se visibilizan los asesinatos basados en el género y se contribuye a fortalecer la protección de los derechos de las mujeres.

En lo que compete al campo del trabajo social sabemos que este crimen impacta en la red familiar, el tejido social y el bienestar general. Si bien la sanción del crimen no resuelve la pérdida irreparable, sí envía un mensaje de repudio por parte del Estado y la sociedad que ayuda a procesar la perdida y recuperar la confianza perdida de las personas afectadas.

4. El registro de feminicidios: Más que estadísticas, un mecanismo para la atención social

Según datos de Programa AURORA del MIMP del Perú el año 2022 ha cerrado con 130 casos con características de feminicidio, es decir asesinatos, que en una valoración inicial tienen características que hacen sospechar una razón de género en su perpetración. Consideremos que para el caso de Perú la institución que suele brindar la estadística más actualizada no procede del campo de la investigación judicial, sino de la atención social. De manera específica en lo que va del año 2023 en Perú, de enero a mayo del presente año se contabilizan 68 casos con características de feminicidio (Aurora, 2023).[1]

Por dicha razón, si se revisan los reportes que cada mes emite el Programa Aurora en su Portal Estadístico, veremos que no se utiliza el concepto de feminicidio, en tanto la tipificación del delito de feminicidio es competencia del Ministerio Público-fiscalía de la nación, por lo que estos casos que contabiliza el MIMP a través del Programa Aurora son denominados casos con “características de feminicidio” . A continuación, se muestra las cifras del Programa Aurora desde el año 2018. Cabe precisar que este registro en Perú se crea en el año 2009.

Cuadro N° 1: Perú: Casos con características de feminicidio registrados por los Centros Emergencia Mujer -2013-2023

Año 2018 2019 2020 2021 2022 2023*
Casos 121 166 131 136 130 68

Fuente: Ministerio de la Mujer-Programa Nacional Aurora/ * (Enero-mayo 2023)

Un hito importante en la búsqueda de la cifra única se dio en el año 2019 con la implementación del registro integrado de feminicidio, liderado por el Instituto Nacional de Estadística, que hace una revisión casos por caso, contrastando el registro de las víctimas de las bases de datos de la Policía Nacional del Perú (PNP), el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) y el Ministerio Público. El resultado de este proceso para el año 2021 fue de 141 casos de feminicidio, que es considerado la cifra oficial, lo cual no limita que cada institución (Ministerio de la Mujer y Ministerio Pública del Perú) lleven sus propios registros administrativos resultado de las intervenciones que realizan en el marco de sus competencias; siendo, por tanto, esta, la cifra única de feminicidio para el Perú (Comité Estadístico Interinstitucional, 2022)

El registro integrado de feminicidio, no tiene aún la cifra oficinal para el año 2022, pues este proceso requiere un periodo mayor de revisión para la consolidación de las carpetas fiscales, en tal manera la cifra oficial disponible, es la de casos con características de feminicidio que ofrece el Ministerio de la Mujer a través del Programa Nacional Aurora, que aplica una metodología estandarizada y apropiada a la naturaleza de un registro administrativo y a sus competencias sectoriales, que se puede apreciar en su Portal web, (https://portalestadistico.aurora.gob.pe/instructivos/)

Posterior a la implementación del registro de feminicidio del MIMP en el 2009 se generó una sistematización que recogía las buenas prácticas y desafíos de sus servicios responsables de la atención, como son los Centros Emergencia Mujer del Programa Nacional Aurora del MIMP, de manera que se fueron precisando no solo el conteo de las muertes violentas de mujeres sino la atención del feminicidio en el marco de un servicio social que fue diversificando, ampliando y precisando su intervención (Viviano, 2012).

Justamente la actual ficha de feminicidio del Programa Nacional Aurora, que está en la página web tiene 8 páginas de extensión, lo que incluye información muy detallada del caso, y además un registro de seguimiento. Los componentes de la ficha de registro de casos son los siguientes:

  1. Ingreso al servicio
  2. datos de la victima
  3. Identificación de víctimas indirectas
  4. Lugar y fecha del hecho
  5. Datos del presunto feminicida
  6. Modalidad y presuntos móviles del hecho
  7. Agravantes aplicados al hecho
  8. Antecedentes de violencia
  9. Medidas que tomó la víctima para su protección
  10. Situación del presunto feminicida
  11. Información adicional para la intervención

El registro de acciones incluye las referidas a la atención social y las de patrocinio legal. La de atención social, de acuerdo con lo que se registra en la ficha de seguimiento consisten en:

Cuadro 2: Componentes de la ficha de seguimiento social de casos con características de feminicidio

Acciones
Visita domiciliaria
Visita en el lugar donde se encuentran la persona de contacto o familiares
identificación de víctimas indirectas
Acompañamiento a declaración de testigos
Gestiones para sepelio y entierro
Atención psicológica especializada a los familiares en el manejo del duelo
Acompañamiento psicológico para víctimas indirectas
Gestión social ante instancias e instituciones a favor de víctimas indirectas de personas adultas mayores dependientes de la víctima
Gestión social ante instancias e instituciones a favor de víctimas indirectas de personas con discapacidad dependientes de la víctima
Coordinación con servicios de protección social para la integración sociofamiliar
coordinación con servicios de protección social para apoyo educativo
Visita de seguimiento para verificar situación de víctimas indirectas
Derivación a servicios de salud para la recuperación psicológica
Derivación a Centro de Emergencia Mujer (CEM) para atención de víctimas indirectas
Remisión de la resolución fiscal judicial final a la Unidad encargada de la Asistencia Económica

Fuente: Ficha de registro de seguimiento social a casos con características de feminicidio-Programa Aurora

Cabe precisar que estas fichas no tienen por finalidad recoger la complejidad de cada intervención, sino brindar un esquema estandarizado y resumido para el registro de las intervenciones que facilite el seguimiento de la atención, finalidad que cumple a cabalidad.

La complejidad del problema del feminicidio y la importancia de los registros para la atención resaltan la necesidad de la participación del profesional del trabajo social en los equipos encargados del diseño de registros administrativos estatales. Esto permitiría aportar con una perspectiva social, ya que, en el ámbito de los servicios sociales, el objetivo del registro va más allá de las estadísticas y se enfoca en brindar una atención social de calidad. Contar también con datos precisos es fundamental para tomar decisiones que mejoren el bienestar de las personas y herramientas (registros) para hacer el seguimiento y asegurar una intervención completa.

5. Consideraciones para comprender el feminicidio como fundamento de la intervención social

En primer lugar, es preciso tener en cuenta que el feminicidio es un problema complejo y global que requiere abordajes multidisciplinarios, donde el trabajo social debe tener un rol clave, tanto en la intervención como en la generación de conocimiento que aporten a comprender mejor el problema desde el enfoque social.

En segundo lugar, comprender que no solo se trata de un problema relacional, sino estructural, una forma extrema de violencia de género que es resultado de una interacción de factores sociales, culturales, económicos y psicológicos que se manifiestan en diferentes niveles: personal, familiar, comunitario y social (ver modelo ecológico-sistémico). Por ello hay que destacar que estos componentes estructurales operan desde lo social hasta lo personal. Así el machismo y la cultura patriarcal se manifiestan en la subordinación de las mujeres y su relegamiento a roles limitados, como satisfacer las necesidades de otros (cuidado) y encargarse de las tareas domésticas sin reconocimiento. Así también tenemos la tolerancia social a la violencia que impregna costumbres e inclusive las normas, que configuran la vida cotidiana con una mentalidad machista que tanto hombres como mujeres mantienen y aplican, incluso si no son conscientes de ello. A largo plazo, todo esto se traduce en discriminación, violencia y una menor capacidad de autonomía y bienestar para las mujeres. Cabe precisar, que, para Perú, el índice de tolerancia social hacia la violencia a mujeres de 18 y más años de edad, fue de 58,9% en el año 2019 (INEI-ENARES 2019)

En tercer lugar, tomar en consideración el impacto de la desigualdad que afecta de manera desproporcionada a las mujeres debido a su género. Con esto nos referimos a diferencias entre hombres y mujeres que generan desventajas y se manifiestan en menores oportunidades de las mujeres para acceder a la satisfacción de sus necesidades (trabajo), progreso material, ascenso social, participación política, e inclusive lo más elemental que es la autonomía y su propia protección. A esto debemos sumar la desigualdad socioeconómica que también se entiende como una feminización de la pobreza que configura mujeres con mayor dependencia, precariedad y vulnerabilidad. Así como la mayor carga de trabajos y cuidados (brecha de uso del tiempo).

En cuarto lugar, resaltar la cultura de la violencia que implica la naturalización y normalización de agresiones contra las mujeres en determinadas situaciones, como cuando no cumplen con las expectativas impuestas sobre ellas lo que lleva a que las víctimas a no buscar ayuda y no dar importancia al tema. La Endes-INEI 2022, señala que el 54.3% de las mujeres víctimas de violencia física no buscó ayuda, y el 44.1% de este grupo considero que no era necesario. En nuestra sociedad peruana esta cultura de la violencia se expresa en la desvalorización de la vida de las mujeres, persistencia de la violencia sexual en mujeres y niñas, así como la creencia de que la violencia es una forma efectiva para resolver conflictos. Además, los hombres son socializados para ser fuertes, agresivos y dominantes, y suelen estar expuestos a la violencia con mayor frecuencia que las mujeres, ya sea a través de los medios de comunicación, como la televisión, películas y videojuegos, o por experiencias personales. En el trabajo asistencial, es fundamental que los profesionales identifiquen las situaciones que pueden agravar la violencia machista con el fin de tomar medidas para neutralizar su impacto. Un ejemplo de esto es la denuncia, que a menudo se considera como un elemento protector contra la violencia de género, pero en realidad puede aumentar el riesgo para la persona afectada; por lo tanto, los profesionales deben tomar acciones para garantizar la protección y seguridad de las personas en estas circunstancias.

En quinto lugar, si bien ha habido un avance significativo en los últimos años con respecto a la legislación que protege a las mujeres y sanciona la violencia, todavía nos encontramos frente a un insuficiente acceso a la justicia porque las mujeres víctimas de violencia a menudo enfrentan obstáculos para denunciar a sus agresores, hay poca sensibilidad de los operadores de justicia, así como negligencia para investigar y enjuiciar a los responsables. Compete conocer las normas y exigir el cumplimiento de estas a fin de enfrentar los estereotipos que frenan la aplicación de la norma.

En sexto lugar, a fin de gestionar adecuadamente el riesgo de las víctimas de violencia de género es necesario conocer bien el perfil de las personas agresoras. Nos referimos a los factores psicológicos que de alguna manera son también factores sociales que constituyen características asociadas al machismo (incluyendo patrones de comportamiento agresivo que se manifiestan en forma de amenazas, intimidación y control sobre la víctima). Tenemos también la baja autoestima e inseguridad que se asocia al deseo de controlar a sus parejas lo que se traduce en un comportamiento celoso y posesivo. Creencias y actitudes sexistas de considerar a las mujeres como inferiores o como sujetos de posesión sobre las cuales se tiene el derecho de control y castigo cuando no cumplen con lo esperado. Limitaciones para manejar emociones negativas como la ira y la frustración. Según Campbell et al. (2003), en Estados Unidos se identificaron factores de riesgo significativos para el feminicidio en relaciones abusivas de pareja íntima que incluyeron: Falta de empleo del abusador, acceso del agresor a un arma de fuego, uso de drogas ilícitas por parte del agresor, separación después de vivir juntos, haber salido o pedido a la pareja que se fuera, Abusador altamente controlador.

Si bien los celos son frecuentemente citados como la principal causa que los agresores alegan para justificar su crimen, es preciso destacar que esto es una trasferencia de la responsabilidad del delito hacia las mujeres víctimas que parte de la tolerancia de la violencia como una herramienta legítima para corregir el comportamiento de las mujeres que no cumplen las expectativas masculinas o castigar su conducta, lo que está presente en el discurso de los acusados e inclusive en los operadores del del sistema de justicia (Defensoría del Pueblo, 2015).

Finalmente, como sétima premisa, tener en consideración el correcto manejo comunicacional. Si bien, las campañas frente a la violencia hacia las mujeres tienen un impacto en facilitar que ellas tomen la decisión de denunciar la violencia de género, ya sea de parte de sus parejas o exparejas, como también en emprender acciones para separarse de relaciones tóxicas. Sin embargo, los sistemas de protección que deberían existir tanto en las redes familiares, la vecindad y el estado no son todavía lo suficientemente fuertes y expeditivas para contener los ataques de los hombres que no aceptan ser desafiados. En tal sentido, no siempre es pertinente promover la denuncia, si es que antes no se han activado los mecanismos de protección. No es ético que un servicio impulse a que una mujer denuncie a su pareja, si no ha tomado un plan de seguridad frente a la reacción de la persona agresor. En este aspecto comunicacional, es conveniente poner atención a la forma como se comunica el hecho en los medios de comunicación y el efecto de imitación que este puede generan. La comisión previa de un crimen por parte de alguien resta gravedad al acto, lo trivializa y disminuye su tabú; además, cuando se observa el efecto de imitación, el crimen se lleva a cabo de manera similar, por lo que se ha concluido que la probabilidad de un nuevo feminicidio es doce veces mayor cuando ha habido noticias de otros feminicidios en los medios de comunicación en un período inferior a cuatro días, y esta probabilidad se incrementa a veinticuatro veces cuando las noticias se han difundido en los diez días anteriores (Marzabal Manresa, 2015).

Según Rita Segato (2016), la difusión de noticias de feminicidio se convierte en un espectáculo cruel que transmite un mensaje violento de manera efectiva. La violencia feminicida puede entenderse como una reacción de hombres machistas que prefieren matar antes que perder el control sobre las mujeres que consideran como objetos y cuyos cuerpos ven como su territorio. Esta violencia busca demostrar y advertir a las mujeres y a la sociedad en general, en un contexto donde se ven excluidos y precarizados. La cultura de la violencia y la pedagogía de la crueldad se fortalece mediante la forma inapropiada en que se muestran los casos de feminicidio, transmitiendo desesperanza, culpabilizando a las víctimas y reafirmando la crueldad y la muerte como consecuencia del desafío (Segato, 2016).

6. Conclusiones

  • El feminicidio en el Perú y en Latinoamérica es un fenómeno complejo y global que requiere abordajes multidisciplinarios. Es un problema estructural que se sostiene en el machismo, la tolerancia de la violencia hacia las mujeres, la cultura de la violencia y una pedagogía de la crueldad. En este contexto, el trabajo social desempeña un papel fundamental tanto en la intervención con las familias como en la generación de conocimiento a través de la investigación y la sistematización, con el objetivo de desarrollar un campo de especialización en esta temática.
  • El trabajo social despliega intervenciones en los diferentes componentes afectados por el feminicidio, desde el fortalecimiento de las relaciones familiares, el sistema de cuidados y la promoción de la cohesión social en la comunidad.
  • El Trabajo social busca promover el ejercicio de los derechos de las personas, lo cual es fundamental para asegurar su bienestar. Sin embargo, en contextos de inseguridad y violencia de género, el bienestar no puede ser garantizado. La tipificación del feminicidio como delito representa un avance social y un marco de acción para el trabajo social, ya que promueve la vida, la integridad, la seguridad y la dignidad de las mujeres
  • El trabajo social desempeña un papel fundamental en la atención y apoyo a las personas afectadas (víctimas indirectas), promoviendo el acceso a la justicia, brindando acompañamiento durante el proceso judicial, fortaleciendo la red familiar y aportando a la protección del sistema de cuidados y de la cohesión social.
  • El registro de feminicidios, más allá de ser una simple recopilación de estadísticas, se ha convertido en un mecanismo fundamental para la atención social y el seguimiento de casos lo cual constituye una valiosa herramienta para el trabajo social. La implementación de este registro ha sido un proceso que ha evolucionado sistematizando la atención social de los casos de feminicidio en lo que se refiere a la experiencia del Programa Aurora del MIMP.

7. Referencias

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  1. Fuente: Registro de casos con características de feminicidio/SGEC/AURORA/MIMP Página web Programa Nacional Aurora: https://portalestadistico.aurora.gob.pe feminicidio Enero – Mayo, 2023

Leer también: La violencia de género contra las mujeres en el Perú: Un análisis desde el trabajo social 

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